El Instituto de Movilidad de Pereira informa a la ciudadanía que en el Plan de Desarrollo aprobado en el mayo de 2023 y en el artículo 52 de la ley 769 de 2003 está determinado que la primera Revisión Técnico Mecánica debe efectuarse a partir del quinto año de la fecha en que se matrícula el vehículo automotor de servicio particular, y no a los 6 años como se venía realizando, tema que es diferente para motocicletas y similares. Con respecto a los vehículos nuevos de servicio público, motocicletas y similares se debe realizar dicha revisión a partir de los 2 años de la matrícula.