Bogotá, D.C., 1 de noviembre de 2023
Ø La Registraduría Nacional informa que los escrutinios continuarán hasta su
declaratoria, en el marco del debido proceso administrativo.
Ø De acuerdo con la normatividad, las imágenes fotográficas de los formularios E-
14 cuentan con valor jurídico para el desarrollo de los escrutinios.
El Consejo Nacional Electoral (CNE), como suprema autoridad en materia de escrutinios,
y la Registraduría Nacional del Estado Civil, en ejercicio del rol de secretaria de las
comisiones escrutadoras en todos los niveles, informan a la opinión pública que los
escrutinios se pueden llevar a cabo con imágenes fotográficas de los formularios E-14
(actas de escrutinio de los jurados de votación), destruidos por alteraciones del orden
público. Adicionalmente, se reitera que estas imágenes cuentan con el valor jurídico en
cualquiera de sus tres ejemplares (claveros, delegados o transmisión) para conducir los
escrutinios y declarar las elecciones.
En consecuencia, se advierte a los violentos que están equivocados si creen que con su
actuar delictivo, al destruir o al incendiar los recintos donde funcionan las comisiones
escrutadoras en el país o en las sedes de la Registraduría Nacional del Estado Civil,
evitarán que los jueces de la república, notarios y registradores de instrumentos públicos
que fungen como escrutadores zonales y municipales y los delegados del Consejo
Nacional Electoral que desarrollan los escrutinios departamentales consoliden los
resultados y declaren las elecciones.
En ese sentido, la Registraduría Nacional del Estado Civil informa que los escrutinios
continuarán hasta su declaratoria, en el marco del debido proceso administrativo.
Se hace un llamado a las agrupaciones políticas en contienda a que ejerzan su derecho
a la defensa y contradicción en el seno de las comisiones escrutadoras, valiéndose de
las herramientas consagradas en la ley y se da un parte de tranquilidad a la ciudadanía
reiterando que los resultados serán declarados conforme a la Constitución y la ley.
Código: COFT06 – Versión:2 – Página: 2 de 2 – No. 74 de 2023
El desarrollo de los escrutinios con imágenes de los formularios E-14 están consagrados
en la jurisprudencia, especialmente en la sentencia del 30 de mayo de 2019, Rad. 11001-
03- 28-000-2018-00038-00 y la sentencia de tutela del 12 de mayo de 2022, Rad. 11001-
03-15-000- 2022-00597-01, ambas de la Sección Quinta del Consejo de Estado y la
doctrina del Consejo Nacional Electoral, particularmente el Acuerdo núm. 19 del 17
diciembre de 1994, el Acuerdo núm. 003 del 10 de diciembre de 2019 y el Acuerdo núm.
10 del 18 de diciembre del 2019.