Al ser admitida la petición, queda en manos de la institución el estudio de la posibilidad de que, mientras el fiscal Barbosa termina su gestión, otro funcionario tome el caso de Nicolás Petro
El Consejo de Estado se encuentra estudiando un recurso de tutela presentado por el ciudadano Germán Espinosa, que, por medio de 4 peticiones, solicita que se tomen medidas por parte de la Corte Suprema de Justicia sobre el nombramiento de un reemplazo para el actual Fiscal General, Francisco Barbosa Delgado, antes del 14 de febrero de 2024. La petición surge ante las próximas votaciones en la Sala Plena de la Corte Suprema para elegir al nuevo Fiscal General.
Sin embargo, en el despliegue de las instancias solicitadas, la acción judicial también persigue la presencia de un fiscal ad hoc para el caso de Nicolás Petro, asunto de alta sensibilidad para la actual administración.
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El tutelante, en esa medida, demandó la designación de un fiscal que no sea Barbosa para los procesos judiciales contra miembros de la familia del mandatario. Específicamente, esta figura se solicitaría para el proceso judicial que enfrenta el hijo del gobernante, ya acusado formalmente de lavado de activos y enriquecimiento ilícito.
Estas son las postulaciones de la tutela admitida
En primer lugar el demandante pide, a modo de medidas provisionales, que el Presidente confirme su intención de designar un fiscal especial para investigaciones relacionadas con su familia, lo cual fue planteado desde la presentación de la terna para Fiscal General, efectuada por el mismo Gustavo Petro.
Esta petición se basa en la necesidad de garantizar una investigación imparcial, lejos de la influencia del Ejecutivo, de acuerdo con la información que publicó Semana.
Enseguida, también efectuó la petición de, más allá de la confirmación del mandatario, que también la Sala Plena del Consejo de Estado defina, si “procederá o no a la elección de Fiscal Ad Hoc para que asuma el conocimiento de los casos que la Fiscalía General de la Nación conoce a la fecha, respecto a la familia del Presidente de la República”.
De la misma manera, Espinosa también solicitó que se indique si las dos candidatas no escogidas como fiscal podrían desempeñar dicha función ad hoc tras la votación.
“EN ESE MISMO SENTIDO Y MOMENTO, se agende en Orden del Día, Se solicite a la Sala Plena, que, en aquélla primera sesión, se defina si puede ser posible que las dos candidatas que no resulten elegidas como la nueva fiscal general de lanación, puedan ser destinadas, en la misma sesión en que saldrá la elegida, aejercer el cargo de fiscales ad hoc, como lo solicitó el Presidente Petro (sic)”, como se leyó la acción judicial.
Adicionalmente, agregó que “se discuta la posibilidad, se hagan las modificaciones provisionales necesarias, a reglamento interno, electoral, de la Sala Plena de la Corte Suprema, específicamente a lo que respecta al proceso de sesiones para votación, de tal manera que se pueda prever con el número de sesiones a realizar -incluso extraordinarias- que la nueva fiscal general de la nación, sea elegida en esa corporación, antes del 14 de febrero de 2024″.
La figura de un fiscal ad hoc
Según el docente Jorge Iván Cuervo del Centro de Investigaciones de la Universidad Externado de Colombia, y José Roberto Acosta, abogado y docente de la Universidad del Rosario, citados por Conexión Capital, la figura del fiscal ad hoc surge ante la aparente incapacidad de un fiscal titular de llevar un asunto por conflictos de interés. Explican que es seleccionado por la Corte Suprema de Justicia a partir de una terna enviada por el presidente.
De acuerdo con los docentes, este fiscal tendría autonomía sobre el caso asignado y no debería rendir cuentas al fiscal general, manteniendo directa relación con los jueces.
INFOBAE