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Estas son las razas de perros que obligatoriamente deben llevar bozal en Colombia: las multas puede ser costosas

El Querendón by El Querendón
19 septiembre, 2023
in Nación
0
Estas son las razas de perros que obligatoriamente deben llevar bozal en Colombia: las multas puede ser costosas

El incumplimiento de estas normas acarrea desde sanciones económicas hasta el decomiso de la mascota de compañía

Los perros de manejo especial deben ser paseados en la vía pública con correas resistentes y bozales – créditos archivo

Los perros son compañeros leales y queridos por muchas familias en Colombia. Las estadísticas lo confirman: cerca del 40% de los hogares colombianos tienen una mascota, y la mayoría son perros, según la profesora de la Facultad de Medicina Veterinaria de la Universidad Nacional, Myriam Acero.

25 perros de raza Dóberman fueron llevados al Centro de Protección animal de Cali, para recibir atención médico veterinaria - crédito Redes sociales @ProtecciónanimalCali / Instagram
Te puede interesar:Intervienen presunto criadero ilegal de perros: entre heces y orina encontraron cachorros hacinados

Sin embargo, cuando se trata de perros de manejo especial la seguridad pública se convierte en una preocupación legítima. En zonas comunes y espacios públicos, el uso de bozal en estos caninos es fundamental para prevenir incidentes que puedan poner en riesgo a la comunidad.

Según la Ley 1801 del 2016 o el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana las 14 razas de perros que están categorizadas en los cuidados especiales son:

American staffordshire terrier, bullmastiff, dóberman, dogo argentino, dogo de Burdeos, fila brasilero, mastín Napolitano, bull terrier, pitbull terrier, american pitbull terrier, rottweiler, presa canario, staffordshire terrier y tosa japonés.

Ahora puede seguirnos en nuestro WhatsApp Channel y en Google News.

Te puede interesar:La familia de Mariah Carey creció: ellos son Nacho y Rocky Jr

Vale recordar que en caso de incumplimiento un ciudadano común podrá denunciar la situación ante las autoridades, el respectivo procedimiento será que la Policía lo contactará para evidenciar el caso, la mascota será decomisada y el propietario tendrá multas económicas de cinco SMLDV por no llevar la traílla o collar, y de 10 SMLDV, por no usar bozal.

Durante el 2023 se han conocido algunos casos de perros o manadas de caninos que han agredido a menores de edad, adultos e, inclusio, otros animales. Estos ataques no han terminado solamente en lesiones sino en algunos casos hasta en la muerte de las víctimas.

Te puede interesar:Entre hilos e insignias: cómo un pasatiempo generó un vínculo entre un perro y su dueña

El bozal es una herramienta esencial para prevenir tragedias y garantizar la seguridad de la comunidad. Al usar un bozal adecuado, se reduce significativamente la capacidad de un perro potencialmente peligroso para causar daño, proporcionando un nivel adicional de seguridad tanto para el propietario como para quienes lo rodean.

Quiénes más deben portar bozal

De acuerdo con lo que explican las autoridades, y con lo que está establecido en la Ley 746 de 2002, los perros que se consideran potencialmente peligrosos son aquellos que han tenido episodios de agresiones a personas, le hayan causado la muerte a otros perros o los que han sido adiestrados para el ataque y la defensa.

En una entrevista con el diario El Tiempo, el veterinario Gabriel García explicó que “los animales no son agresivos por sí mismos”, y que “la mayoría de los casos de agresiones son realmente comportamientos defensivos”.

Para el momento, lo que dice la ley es que los dueños de animales pueden someterse a multas en caso de no cumplir con las condiciones de tenencia de estos. Aquella persona que lleve a su perro sin correa podría llegar a pagar multas que ascienden a cinco salarios mínimos legales diarios, es decir, unos 190.000 pesos para el año 2023. En caso de que el perro no porte bozal, el dueño tendría que pagar diez salarios mínimos legales diarios, es decir, unos 366.000 pesos.

Según la Ley 746 de 200, en su artículo 108-A, “la tenencia de ejemplares caninos en las viviendas urbanas y rurales requiere que las circunstancias de su alojamiento en el aspecto higiénico y sanitario, de alimentos y custodia, sean las adecuadas, y que no se produzca ninguna situación de peligro o incomodidad para los vecinos u otras personas en general, o para el propio animal”.

“Se permitirá la presencia de ejemplares caninos en los ascensores de edificios públicos y privados que, como guías acompañen a su propietario o tenedor. Para los demás ejemplares, será deber de la copropiedad reglamentar su permisibilidad”, añade en el artículo 108-B.

INFOBAE

El incumplimiento de estas normas acarrea desde sanciones económicas hasta el decomiso de la mascota de compañía

Los perros de manejo especial deben ser paseados en la vía pública con correas resistentes y bozales – créditos archivo

Los perros son compañeros leales y queridos por muchas familias en Colombia. Las estadísticas lo confirman: cerca del 40% de los hogares colombianos tienen una mascota, y la mayoría son perros, según la profesora de la Facultad de Medicina Veterinaria de la Universidad Nacional, Myriam Acero.

25 perros de raza Dóberman fueron llevados al Centro de Protección animal de Cali, para recibir atención médico veterinaria - crédito Redes sociales @ProtecciónanimalCali / Instagram
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Sin embargo, cuando se trata de perros de manejo especial la seguridad pública se convierte en una preocupación legítima. En zonas comunes y espacios públicos, el uso de bozal en estos caninos es fundamental para prevenir incidentes que puedan poner en riesgo a la comunidad.

Según la Ley 1801 del 2016 o el Código Nacional de Seguridad y Convivencia Ciudadana las 14 razas de perros que están categorizadas en los cuidados especiales son:

American staffordshire terrier, bullmastiff, dóberman, dogo argentino, dogo de Burdeos, fila brasilero, mastín Napolitano, bull terrier, pitbull terrier, american pitbull terrier, rottweiler, presa canario, staffordshire terrier y tosa japonés.

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Vale recordar que en caso de incumplimiento un ciudadano común podrá denunciar la situación ante las autoridades, el respectivo procedimiento será que la Policía lo contactará para evidenciar el caso, la mascota será decomisada y el propietario tendrá multas económicas de cinco SMLDV por no llevar la traílla o collar, y de 10 SMLDV, por no usar bozal.

Durante el 2023 se han conocido algunos casos de perros o manadas de caninos que han agredido a menores de edad, adultos e, inclusio, otros animales. Estos ataques no han terminado solamente en lesiones sino en algunos casos hasta en la muerte de las víctimas.

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El bozal es una herramienta esencial para prevenir tragedias y garantizar la seguridad de la comunidad. Al usar un bozal adecuado, se reduce significativamente la capacidad de un perro potencialmente peligroso para causar daño, proporcionando un nivel adicional de seguridad tanto para el propietario como para quienes lo rodean.

Quiénes más deben portar bozal

De acuerdo con lo que explican las autoridades, y con lo que está establecido en la Ley 746 de 2002, los perros que se consideran potencialmente peligrosos son aquellos que han tenido episodios de agresiones a personas, le hayan causado la muerte a otros perros o los que han sido adiestrados para el ataque y la defensa.

En una entrevista con el diario El Tiempo, el veterinario Gabriel García explicó que “los animales no son agresivos por sí mismos”, y que “la mayoría de los casos de agresiones son realmente comportamientos defensivos”.

Para el momento, lo que dice la ley es que los dueños de animales pueden someterse a multas en caso de no cumplir con las condiciones de tenencia de estos. Aquella persona que lleve a su perro sin correa podría llegar a pagar multas que ascienden a cinco salarios mínimos legales diarios, es decir, unos 190.000 pesos para el año 2023. En caso de que el perro no porte bozal, el dueño tendría que pagar diez salarios mínimos legales diarios, es decir, unos 366.000 pesos.

Según la Ley 746 de 200, en su artículo 108-A, “la tenencia de ejemplares caninos en las viviendas urbanas y rurales requiere que las circunstancias de su alojamiento en el aspecto higiénico y sanitario, de alimentos y custodia, sean las adecuadas, y que no se produzca ninguna situación de peligro o incomodidad para los vecinos u otras personas en general, o para el propio animal”.

“Se permitirá la presencia de ejemplares caninos en los ascensores de edificios públicos y privados que, como guías acompañen a su propietario o tenedor. Para los demás ejemplares, será deber de la copropiedad reglamentar su permisibilidad”, añade en el artículo 108-B.

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