A pesar de que una juez de Justicia y Paz le concedió libertad condicional, el exjefe paramilitar todavía debe rendir cuentas por más de 65.000 acciones delictivas que cometió
Una juez de Justicia y Paz en Bogotá decidió en la tarde del lunes 4 de marzo otorgar la libertad condicional al exjefe paramilitar Salvatore Mancuso, quien regresó a Colombia luego de cumplir una condena por narcotráfico en Estados Unidos.
No obstante la decisión, Mancuso seguirá recluido en la cárcel La Picota de la capital colombiana. La liberación de Mancuso está sujeta a la decisión de otras dos autoridades judiciales, ya que enfrenta múltiples procesos pendientes.
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De hecho, además de las audiencias de Justicia y Paz, aún son miles de acciones por las que tiene que responder el exlíder paramilitar: cometió alrededor de 65.000 hechos que se incluyen dentro de unos 25 delitos.
Y es que tres circulares rojas de la Interpol aún inscriben a Mancuso en una serie de delitos, incluyendo experimentación biológica y aborto forzado. Esos son los crímenes formulados por la justicia colombiana y la pena carcelaria que tienen según el código penal:
- Concierto para delinquir (entre 4 y 9 años).
- Homicidio en persona protegida (entre 40 y 50 años).
- Desaparición forzada (26 a 45 años).
- Acceso carnal en persona protegida (13 a 27 años).
- Actos sexuales violentos en persona protegida (6 a 9 años).
- Prostitución forzada o esclavitud sexual (13 a 27 años).
- Tratos inhumanos o degradantes y experimentos biológicos (6 a 15 años).
- Aborto forzado en persona protegida (13 a 27 años).
- Tortura en persona protegida (13 a 30 años).
- Toma de rehenes (26 a 45 años).
- Actos de terrorismo (entre 20 y 38 años).
- Actos de barbarie (24 a 60 años).
- Reclutamiento ilícito (de 6 a 12 años).
- Desplazamiento forzado (10 a 20 años).
- Secuestro simple (16 a 30 años).
- Secuestro extorsivo (entre 20 y 40 años).
- Exacciones o contribuciones arbitrarias (6 a 12 años).
- Destrucción y apropiación de bienes protegidos (8 a 20 años).
- Violación de habitación ajena (4 a 10 años).
- Hurto calificado (6 a 15 años).
- Amenazas (1 a 6 años).
- Represalias (8 a 16 años).
- Despojo en campo de batalla (8 a 20 años).
- Obstaculización de tareas sanitarias y humanitarias (6 a 12 años).
- Simulación de investidura o cargo (4 a 12 años).
Entonces, si a Mancuso se le declarara culpable solo por una acción de cada uno de esos delitos, tendría una pena máxima de más de 600 años de prisión. Esto, sin embargo, dejando por fuera las indulgencias que puede otorgar Justicia y Paz o la JEP para los delitos cometidos en el marco del conflicto armado en Colombia. De todas formas, esos 607 años superarían el límite en Colombia, que es una condena por 60 años de prisión, a excepción del delito de acceso carnal, que tiene cadena perpetua.
Esto es lo que sigue para el exjefe paramilitar, Salvatore Mancuso
La siguiente audiencia de Mancuso será el 6 de marzo en una sala de Justicia y Paz de Barranquilla. Allí cursan 33 medidas de aseguramiento y se determinará si se le concede la libertad bajo el rol de “gestor de paz”, nombramiento otorgado por el Gobierno nacional en 2023 para mediar entre grupos ilegales.
Luego, su caso será revisado por una tercera sala de Justicia y Paz, en el Tribunal Superior de Bogotá. Para que Mancuso salga finalmente de la cárcel La Picota, donde está recluido, debe obtener la libertad en todos los despachos judiciales correspondientes.
Nada más entre 2020 y 2023, la Fiscalía imputó más de 20.000 delitos a Mancuso. Son alrededor de 6.500 víctimas en total las que dejó ese exparamilitar en varios departamentos del país.
De hecho, el fallo de la juez que dejó en libertad a Mancuso Gómez indica que él no podrá desplazarse a los departamentos de Córdoba, Sucre, Bolívar, Atlántico, Cesar, Magdalena, Norte de Santander y La Guajira, así como a los municipios antioqueños de San Pedro de Urabá, Necoclí, Ituango, Arboletes y Apartadó, debido a que allí tuvo lugar su accionar criminal.
INFOBAE