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La Andi pidió a la Corte Constitucional tumbar el decreto de emergencia económica del Gobierno por crisis invernal: “No se demuestra gravedad”

El Querendón by El Querendón
29 abril, 2026
in Nación
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La Andi pidió a la Corte Constitucional tumbar el decreto de emergencia económica del Gobierno por crisis invernal: “No se demuestra gravedad”

El gremio empresarial advirtió ante el alto tribunal que los efectos de la temporada de lluvias podían ser enfrentados mediante mecanismos ordinarios sin recurrir a facultades excepcionales

Licsa Gómez

PorLicsa Gómez

29 Abr, 2026 05:27 p. m. CO

La organización sostuvo que el Gobierno no demostró la gravedad e inminencia necesarias para justificar la adopción de medidas excepcionales – crédito Luisa Gonzalez/REUTERS

La Asociación Nacional de Empresarios de Colombia (Andi) presentó ante la Corte Constitucional un concepto dentro del proceso de control automático del decreto expedido por el Gobierno para hacer frente a la crisis invernal, en el que expone argumentos jurídicos orientados a solicitar su declaratoria de inexequibilidad.

En el documento conocido en su totalidad por Infobae Colombia y remitido al despacho del magistrado Miguel Polo Rosero, la organización plantea que la declaratoria de emergencia económica debe cumplir estrictamente con los criterios establecidos en la Constitución Política, particularmente en lo relacionado con la existencia de hechos sobrevinientes, la gravedad de la situación y la imposibilidad de ser atendida mediante mecanismos ordinarios.

Según la Andi, estos elementos no se acreditan de manera suficiente en el decreto objeto de revisión. “Las circunstancias descritas en el decreto no configuran hechos sobrevinientes ni extraordinarios que impidan el uso de las herramientas institucionales existentes”, señala el gremio en su intervención.

Falta de justificación para el estado de excepción

En su análisis, la Andi sostiene que el Gobierno no demostró que la crisis invernal constituya una situación que no pudiera ser gestionada a través de las capacidades ordinarias del Estado. En ese sentido, advierte que la declaratoria de emergencia económica debe ser una medida de carácter excepcional y subsidiario, lo que implica que solo procede cuando los instrumentos habituales resultan insuficientes.

El documento indica que no se evidencian razones que acrediten la imposibilidad de acudir a dichos mecanismos ordinarios. De acuerdo con el gremio, la atención de fenómenos climáticos como la temporada de lluvias forma parte de las competencias regulares de las entidades públicas, las cuales cuentan con herramientas legales y presupuestales para responder a este tipo de situaciones.

Asimismo, la Andi cuestiona la motivación del decreto al considerar que no se presenta una explicación detallada sobre la magnitud de la crisis ni sobre su impacto inmediato en el orden económico, social o ecológico. El gremio señala que no se demuestra de manera suficiente la gravedad e inminencia requeridas para justificar la adopción de medidas extraordinarias.

Cuestionamientos sobre la conexidad y proporcionalidad

La Andi señaló que algunas disposiciones  del decreto del Gobierno podrían ser desproporcionadas o no estrictamente necesarias, lo que contraviene los principios que rigen los estados de excepción - crédito Longvisual Via Zuma Press Wire/Dpa y ColprensaLa Andi señaló que algunas disposiciones del decreto del Gobierno podrían ser desproporcionadas o no estrictamente necesarias, lo que contraviene los principios que rigen los estados de excepción – crédito Longvisual Via Zuma Press Wire/Dpa y Colprensa

Otro de los puntos centrales de la intervención se refiere a la relación entre las medidas adoptadas y las causas que dieron lugar a la declaratoria de emergencia. La Andi argumenta que varias disposiciones incluidas en el decreto no tienen una conexión directa con la crisis invernal.

En ese sentido, el documento advierte que el principio de conexidad exige que todas las medidas expedidas durante un estado de excepción estén orientadas de manera específica a superar la situación que motivó la declaratoria. Sin embargo, según el gremio, este requisito no se cumple en todos los casos.

“No se acredita la conexidad material entre algunas de las medidas adoptadas y las causas que dieron lugar a la declaratoria de emergencia”, indica la organización en su concepto.

Adicionalmente, la Andi plantea observaciones relacionadas con el principio de proporcionalidad. De acuerdo con su análisis, las decisiones adoptadas por el Ejecutivo deben ser estrictamente necesarias para atender la crisis y no pueden exceder lo requerido para ese fin.

El documento señala que algunas medidas podrían resultar desproporcionadas en relación con los hechos que se buscan enfrentar, al no evidenciar su urgencia o al no estar claramente justificadas en términos de su impacto. También se hace referencia a la necesidad de que las disposiciones tengan un carácter temporal definido, acorde con la naturaleza transitoria de los estados de excepción.

Solicitud de inexequibilidad del decreto

La Andi aseguró que el sistema internacional de arbitraje de inversión es eficiente y confiable - crédito Álvaro Tavera/ColprensaLa intervención se da en el marco del control automático que realiza la Corte Constitucional a los decretos expedidos durante estados de emergencia – crédito Álvaro Tavera/Colprensa

Con base en los argumentos expuestos, la Andi concluye que el Decreto Legislativo 0150 de 2026 no cumple con los requisitos formales y materiales exigidos por la Constitución para este tipo de medidas. En consecuencia, solicita a la Corte Constitucional que declare su inexequibilidad.

“Se solicita respetuosamente a la Corte Constitucional declarar la inexequibilidad del decreto objeto de revisión”, señala el documento presentado por el gremio empresarial.

La organización enfatiza que el control constitucional debe realizarse de manera estricta, teniendo en cuenta el carácter excepcional de las facultades otorgadas al Gobierno durante los estados de emergencia. En ese contexto, considera que el tribunal debe verificar de forma rigurosa la existencia de los presupuestos que habilitan la adopción de este tipo de decretos.

INFOBAE

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